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Sobre nosotros

FORPRODAT es una compañía de VALLADOLID que nace en 2010 con el claro y concreto propósito de crear servicios especializados de consultoría en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, proporcionando un servicio orientado a las necesidades de cada cliente, proporcionando servicios de asesoría, formación, seguimiento, auditoría.

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Nueva regulación en el uso de Cookies

Nueva regulación en el uso de Cookies

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de actualizar la Guía sobre el uso de las “cookies” para adaptarla a las Directrices sobre consentimiento modificadas en mayo de 2020 por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).

Los nuevos criterios deberán implementarse, a más tardar, el 31 de octubre de 2020, estableciéndose así un periodo transitorio de tres meses para la adaptación.

Infringir esta normativa -se haga o no a propósito- no sale gratis. Lo que la mayoría no saben es que aplicar de forma inadecuada las cookies en su web, y sobre todo, no seguir a rajatabla las normas de consentimiento por parte del usuario, podría implicar sanciones de hasta 600.000 euros.

¿Qué son las cookies?

La principal manera con la que los sitios web pueden establecer criterios, estudiar los hábitos e informarse sobre la navegación de los usuarios es a través del uso de cookies.

Casi todos los sitios web que visitamos tienen pequeños conjuntos de datos almacenados desde su navegador en su dispositivo. Se habla de «cookies».

Si vuelve a navegar por el mismo sitio web más tarde, el sitio web puede reconocerlo.

Hay otra clase de cookies que registran determinados hábitos de navegación con el objetivo de, por ejemplo, personalizar la publicidad en los navegadores. Estos incluyen, entre otras:

Tipos de Cookies

Hay una gran variedad de cookies que operan de manera diferente, con propósitos distintos, y es importante saber de cuál de ellas hay que tener cuidado:

Las cookies propias son aquellas que son establecidas en el ordenador del usuario por la web que él/ella ha visitado.

Son imprescindibles para que determinadas páginas web funcionen (de ahí que no requieran el consentimiento del usuario). Nos referimos, en particular, a:

  • cookies de autenticación
  • cookies técnicas exigidas por determinados sistemas informáticos.

 

Las cookies de terceras son aquellas que pertenecen a una web externa con acceso a la web que se ha visitado.

Para acceder a los contenidos de terceros, los usuarios deben aceptar previamente las condiciones que estos aplican (incluidas sus políticas de cookies, ajenas a nuestro control).

Si los usuarios optan por no acceder a esos contenidos, estas cookies de terceros no se instalan en sus dispositivos.

Información a mostrar

La información debida sobre el uso de las cookies y sobre cómo obtener de forma válida el consentimiento del usuario, debe darse de forma clara y completa, con carácter permanente y en un lugar accesible y visible del sitio web.

El 86% de las webs visitadas en España no han adaptado sus cookies a  la  LOPDGDD

Los errores más frecuentes relativos al uso de cookies son:

  • Incumplimiento del deber de información sobre la instalación y utilización por parte de la web de dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en los terminales de los usuarios que visitan los sitios web.
  • No informar sobre las finalidades a las que respondería el tratamiento de la información recabada a través del uso de las cookies instaladas y sobre el procedimiento que se llevará a cabo para instalarlas.
  • Incumplimiento de la Ley de Cookies por falta de información al usuario web sobre cómo revocar el consentimiento que hayan podido prestar.
  • No precisar si las cookies utilizadas son propias o de terceros.
  • No ofrecer la información al usuario sobre el uso de cookies de forma clara y completa -tal y como señala la AEPD en su Guía-, sobre todo en la segunda capa.

¿Qué novedades respecto la ley de cookies habrá que aplicar a partir de ahora?

Las obligaciones legales impuestas por la normativa son dos, a saber: la obligación de transparencia y la obligación de obtención del consentimiento.

Las empresas deberán identificar el tipo de cookies que se están utilizando y analizar si son propias o de terceros, qué tipo de duración tienen y confirmar que no se encuentran en el ámbito de aplicación de las Cookies sin consentimiento.

La directiva afirma que no se debe establecer ninguna cookie o rastreador online antes del consentimiento del usuario, excepto los estrictamente necesarios para las funciones básicas de una web, lo que significa que la web tiene que detener todas las cookies, independientemente de si contienen datos personales o no hasta que usuario otorgue su consentimiento.

El consentimiento del usuario ha de ser,  activo y voluntario y basarse en una información previa. Esto significa, en primer lugar, que el usuario ha de marcar la casilla por sí mismo (activo); en segundo lugar, que no puede impedirse la navegación si no se aprueba el uso de cookies en el equipo (voluntario), y, por último, que el usuario ha de saber a qué está consintiendo informándole en un lenguaje claro, sin ocultarse tras textos legales indescifrables para el público mayoritario (informado)

Revocar el consentimiento

El usuario debe ser capaz de retirar su autorización. Por eso, es importante asegurarse de que los usuarios tienen acceso a su declaración de consentimiento vigente en cualquier momento y de que pueden modificar los parámetros o retirar íntegramente su autorización.

Que hacer para cumplir con la Ley de Cookies

  1. Avisa al usuario de las cookies que usa tu web y solicita su consentimiento. Esta acción puedes hacerla mediante un banner, faldón o popup. Debes indicar al usuario todas las cookies que utiliza tu web de forma clara para que pueda dar su consentimiento a cada una. Bajo ningún concepto se instalarán cookies sin el consentimiento explícito del usuario.
  2. Disponer de la configuración y permisos de cookies editables.El usuario debe disponer de la opción de no dar su consentimiento o editar la configuración de cookies en cualquier momento.
  3. Disponer del apartado de Política de Cookies en la web. La web debe disponer de un apartado o documento donde se explique la Política de Cookies que aplicas en la página. En este deben aparecer detalladamente las cookies con los datos de quién las gestiona, cuánto tiempo están activadas y su finalidad.

Si aun te quedan dudas sobre como adecuarte a la nueva normativa, contacta con nosotros y te ayudaremos a cumplir con la nueva regulación en esta materia de manera personalizada.

Somos especialistas en protección de datos (LOPDGDD) y adecuación a la Ley De Servicios De La Sociedad De La Información Y Del Comercio Electrónico (LSSIDE)

Guía de la AEPD sobre el uso de las cookies